Habrá “Feliz Domingo” para el interior

Autorizaron más tiempo para circular en las localidades que no tengan casos activos. La medida deja fuera a Neuquén, Plottier y Centenario.

Villa La Angostura foto gentileza



NEUQUÉN (ED) — La provincia vive dos realidades bien marcadas frente a la pandemia, con una zona de aislamiento fuerte en la capital, Plottier y Centenario y otra de distanciamiento sin casos activos. Por ello, flexibilizará la circulación y permitirá apertura de comercios en el interior donde no hay casos activos.

La Jefatura de Gabinete amplió para este domingo 5 y de manera excepcional el horario exclusivo de circulación en la vía pública hasta las 22.30. En el caso de los vehículos, la autorización es de 8 a 15. La misma resolución autoriza de manera excepcional la apertura de comercios para el mismo día entre las 8 y las 22.30.

Para estas zonas, recordó que durante la vigencia del distanciamiento social, preventivo y obligatorio, las personas deberán observar las reglas de conducta generales establecidas en el artículo 6 del Decreto de Necesidad y Urgencia 756/20 del Poder Ejecutivo Nacional, que estipula que las personas deberán mantener entre ellas una distancia mínima de dos metros, utilizar tapabocas en espacios compartidos, higienizarse asiduamente las manos, toser en el pliegue del codo, desinfectar las superficies, ventilar los ambientes y dar estricto cumplimiento a los protocolos de actividades y a las recomendaciones e instrucciones de las autoridades sanitarias provinciales y nacional.

Aquellas actividades comerciales y reuniones autorizadas en el marco de lo dispuesto en esta disposición, y que requieran espacios físicos cerrados o semi cerrados para su desarrollo, deberán observar estrictamente los límites de concurrencia y densidad de ocupación establecidos en los artículos 7 y 8 del DNU 576/20, así como la modalidad de reserva del espacio o de turnos prefijados.

Solo podrán realizarse actividades económicas, industriales, comerciales o de servicios, en tanto posean un protocolo de funcionamiento aprobado por la autoridad sanitaria provincial y restrinja el uso de las superficies cerradas hasta un máximo del 50 por ciento de su capacidad.

EN cuanto a las actividades deportivas, artísticas y sociales, estas estarán habilitadas en tanto se dé cumplimiento a las reglas de conducta previstas en el artículo 6° y siempre que no impliquen una concurrencia superior a 10 personas.

Para mantener el distanciamiento social en lugares cerrados se debe limitar la densidad de ocupación de espacios (salas de reunión, oficinas, comedor, cocina, vestuarios, etcétera) a 1 una persona cada 2,25 metros cuadrados de espacio circulable, pudiéndose utilizar para ello la modalidad de reserva del espacio o de turnos prefijados.

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