Fallo de la Corte beneficiará a jubilados que no firmaron la reparación histórica

Declaró hoy que es inconstitucional el índice aplicado por ANSES para actualizar los haberes jubilatorios.




BUENOS AIRES (NA) — La Corte Suprema declaró hoy inconstitucional el índice aplicado por ANSES para actualizar los haberes jubilatorios, lo que beneficiará en forma directa a casi 12 mil beneficiarios y a otros 150 mil que iniciaron demandas.

Con cuatro votos a favor y uno en contra, los jueces del máximo tribunal hicieron lugar a una demanda presentada por Lucio Orlando Blanco, que se jubiló en 2003 y reclamaba la implementación del sistema que existía antes de que se sancionara la denominada Ley de Reparación Histórica.

Antes de esa normativa, para calcular la movilidad jubilatoria se aplicaba el Índice de Salarios Básicos de la Industria y la Construcción (ISBIC), pero la ANSES lo reemplazó por el indicador denominado Remuneración Imponible Promedio de los Trabajadores Estables (RIPTE) modificando aquel otro sistema que se venía aplicando desde el 2009.

Si bien el fallo favorece solo a Blanco, el texto sienta un precedente del que se podrán acoger otros 150 mil jubilados que están en una situación similar al del favorecido este martes.

El pronunciamiento de la Corte también podría disparar reclamos para parte de los jubilados y pensionados que ingresaron al sistema y que sus haberes fueron actualizados por el RIPTE, aunque no abarcará los casos de los que ya aceptaron la Reparación Histórica.

Los jueces resolvieron notificar el fallo al Congreso de la Nación “a fin de que, en un plazo razonable, fije el indicador para la actualización de los salarios computables para el cálculo del haber inicial”.

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