Eximen la obligación de registrar los datos biométricos

La decisión se formalizó por medio de una resolución general publicada en el Boletín Oficial.

Archivo AFIP NA



BUENOS AIRES  (NA) — La AFIP eximió a los contribuyentes de la obligación de registrar sus datos biométricos hasta el 30 de septiembre próximo inclusive, para facilitar las operaciones digitales que requieran de esa información, en el marco de la emergencia sanitaria.

La decisión se formalizó por medio de una resolución general publicada en el Boletín Oficial. El plazo anterior vencía el lunes próximo, pero en virtud de la extensión de la cuarentena, el ente recaudador decidió prorrogarlo un mes más.

A raíz del aislamiento, la AFIP dispuso la utilización obligatoria de la modalidad “Presentaciones Digitales” para la realización de determinados trámites y gestiones ante esa Administración Federal.

Por ese motivo, eximió transitoriamente (ahora, hasta el 30 de septiembre) a los contribuyentes y responsables de la obligación de registrar sus datos biométricos, a fin de permitir la realización de las transacciones digitales que así lo requieran.

A su vez, estableció que los sujetos que requieran acreditar el carácter de apoderados de personas humanas o representantes legales de personas jurídicas, suministren la documentación necesaria mediante la utilización del servicio con Clave Fiscal denominado “Presentaciones Digitales”.

Estas decisiones -resaltó el organismo- “se dictaron considerando la dificultad de los contribuyentes y responsables de concurrir a las dependencias (de la AFIP), en el contexto de la emergencia por la pandemia de COVID-19 declarada por la Organización Mundial de la Salud (OMS)”.

“Atento que el contexto que llevó a dictar dichas medidas se mantiene hasta la actualidad, con diversos alcances según las regiones del país, se estima razonable extender nuevamente las disposiciones contenidas en (distintas) resoluciones generales, hasta el día 30 de septiembre de 2020, inclusive”, concluyó. 

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