La Ley del teletrabajo se giró al Senado

Con 214 votos positivos, uno negativo y 29 abstenciones, la iniciativa que modifica que modifica la ley de Contratos del Trabajo fue avalada después de cuatro horas de debate.

Legislación del Trabajo Foto Diputados ED



BUENOS AIRES  (NA) — La Cámara de Diputados aprobó y giró al Senado el proyecto de ley para dotar de un marco regulatorio al teletrabajo, modalidad laboral que se masificó en los últimos meses producto del aislamiento social, preventivo y obligatorio.

Con 214 votos positivos, uno negativo y 29 abstenciones, la iniciativa que modifica que modifica la ley de Contratos del Trabajo fue avalada después de cuatro horas de debate y fue girada al Senado.

Entre otros aspectos, la normativa propuesta señala que la prestación laboral a distancia es voluntaria, no puede ser impuesta por el empleador y por lo tanto reversible, al tiempo que consagra el “derecho a la desconexión” del empleado remoto.

De convertirse en ley, la iniciativa entrará en vigor al cumplirse un plazo de 90 días contados desde la finalización del aislamiento Social, Preventivo y Obligatorio, para darle un margen de tiempo a los empleadores a adecuarse a las mayores exigencias que demandará el nuevo marco normativo.

Al introducir el debate, la presidenta de la comisión de Legislación del Trabajo, Vanesa Siley (Frente de Todos), resaltó que con la normativa propuesta “se intenta evitar el trabajo no registrado y la flexibilización laboral”.

El vicepresidente de la la comisión, Albor Cantard (UCR), afirmó que la iniciativa “marca un piso e derechos para los trabajadores” y “delega las especificidades de cada una de las actividades a la negociación colectiva”.

“Lo principal es el principio de indemnidad, que es que el empleado, que por acuerdo con el empleador pasa a prestar los mismos servicios pero de forma remota, no tenga ninguna variación” en las condiciones de trabajo, explicó.

En efecto, el texto aprobado señala las personas que se desempeñen bajo la modalidad remota “gozarán de los mismos derechos y obligaciones que las personas que trabajan bajo la modalidad presencial y su remuneración será la correspondiente al convenio colectivo de trabajo, no pudiendo ser inferior, en su caso, a la que percibía o percibiría bajo la modalidad presencial”.

Establece que “el empleador debe proporcionar el equipamiento -hardware y software-, las herramientas de trabajo y el soporte necesario para el desempeño de las tareas, y asumir los costos de instalación, mantenimiento y reparación de las mismas, o la compensación por la utilización de herramientas propias de la persona que trabaja”.

En los casos de roturas, desperfectos o desgaste de los instrumentos tecnológicos de trabajo, el empleador deberá hacerse cargo de su reemplazo o reparación.

En tanto, el trabajador a distancia “tendrá derecho a la compensación por los mayores gastos en conectividad y/o consumo de servicios que deba afrontar”, y “dicha compensación operará conforme las pautas que se establezcan en la negociación colectiva, y quedará exenta del impuesto a las Ganancias”, una condición que había sido pedida por la CGT.

En cuanto a las tareas de cuidados, se establece que quienes “acrediten tener a su cargo, de manera única o compartida, el cuidado de personas menores de 13 años, personas con discapacidad o adultas mayores que requieran asistencia específica, tendrán derecho a horarios compatibles con las tareas de cuidado a su cargo y/o a interrumpir la jornada”.

Al tomar la palabra de forma remota, el diputado del PRO Martín Medina lamentó que la iniciativa no contenga “un régimen de promoción fiscal del teletrabajo para las pymes”.

Medina también expresó reparos con que se aplique el principio de reversibilidad en Pymes que después de la pandemia probablemente ya no tengan sus locaciones físicas y no tengan otra alternativa que continuar con la modalidad de teletrabajo.

“Faltan muchas cosas incorporar a esta ley, pero esta modalidad es la mejor ley posible que hoy podemos votar”, dijo por su parte el presidente del bloque de la Coalición Cívica, Maximiliano Ferraro.

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