Nuevas normas para empresas de telefonía e internet

Deberán implementar un sistema electrónico de atención comercial, de acuerdo con una resolución del Enacom.




BUENOS AIRES  (NA) — El Gobierno dispuso oficialmente hoy la suspensión de la atención al público en las empresas de que brindan servicios de internet y telefonía, mientras dure la cuarentena.

Las compañías deberán implementar un sistema electrónico de atención comercial, de acuerdo con una resolución del Ente Nacional de Comunicaciones (Enacom) publicada este martes en el Boletín Oficial.

“Establécese, respecto de las empresas de telecomunicaciones y mientras dure el Aislamiento Social, Preventivo y Obligatorio, la dispensa en el cumplimiento de sus deberes legales, reglamentarios y contractuales en cuanto a la prestación efectiva de los servicios frente a clientes y usuarios”, según el texto oficial.

El Poder Ejecutivo estableció también que las empresas licenciatarias de servicios TIC (Tecnologías de Información y Comunicación) la suspensión en forma completa de la atención al público debiendo proceder, consecuentemente, al cierre de la totalidad de las Oficinas Comerciales a tales efectos mientras dure el aislamiento social, debiendo implementar un sistema electrónico de atención comercial y de reclamos de emergencia.

Para La Casa Rosada, corresponde que el Enacom “aplique medidas de emergencia en el marco de la situación de paroxismo con relación a Emergencia Pública Sanitaria vigente”.

Por ese motivo, señaló que “se recomienda el no ingreso de los trabajadores a los domicilios de los clientes y que, si la presencia de los trabajadores en el lugar es estrictamente necesaria, se deberán implementar métodos de solución de averías que no impliquen el acceso al domicilio del cliente”.

“También, se recomienda minimizar la exposición entre sí de los trabajadores que conforman las cuadrillas de emergencias, en lo posible constituir equipo individual, en la medida que la tarea lo permita y realizar las reparaciones de equipos desde el exterior de la vivienda en forma oral, debiendo ser el propio cliente quien manipule las instalaciones en su interior y que sólo en caso de extrema necesidad y urgencia, si se debiera ingresar al domicilio deberá procederse a la higienización del trabajador en forma previa al ingreso de la vivienda, y al egresar de la misma, siguiendo los protocolos descriptos al efecto”, según la resolución.

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