Weretilneck reclamó no “tenerle miedo a las urnas”

Luego de que, en un fallo unánime, el Tribunal Electoral provincial lo inhabilitó como candidato a un nuevo mandato al frente de Río Negro.




NEUQUÉN (NA/ED) — El gobernador rionegrino, Alberto Weretilneck reclamó no “tenerle miedo a las urnas”, luego de que, en un fallo unánime, el Tribunal Electoral provincial lo inhabilitó como candidato a un nuevo mandato.

“No hay que tenerle miedo a las urnas. Los rionegrinos tienen derecho a elegir. Seguiremos defendiéndonos en la Justicia”, sostuvo Weretilneck a través de redes sociales. 

Al oficialismo rionegrino le queda como último recurso para validar la candidatura una apelación ante el Superior Tribunal de Justicia local. 

A su vez, Weretilneck expresó agradecimiento a quienes se preocuparon por su salud, tras una afección durante la tarde, y aseguró estar “bien”. 

Durante la tarde del martes Weretilneck inauguró la planta de agua potable en Cinco Saltos, allí se habría descompuesto.  

“Gracias a todos por sus mensajes de preocupación. Estoy bien, en Viedma, alentando a Sol de Mayo, representante rionegrino por Copa Argentina. Un abrazo”, señaló el martes por la noche el gobernador. 

Por su parte, el candidato a gobernador por el Frente para la Victoria, Martín Soria y su compañera de fórmula, Magdalena Odarda, celebraron el fallo que, de momento, no habilita al mandatario a candidatearse a gobernador de cara a las elecciones rionegrinas, que serán el próximo 7 de abril. 

El Tribunal Electoral le dio la razón a la oposición que argumentaba que el mandatario se encontraba impedido constitucionalmente para postularse nuevamente al cargo, dado que de ganar accedería a un tercer mandato y la carta magna provincial habilita como máximo a dos períodos. 

Tras analizar las presentaciones de Cambiemos y del kirchnerismo y el dictamen del fiscal, el órgano judicial concluyó que “debe tenerse presente que quienes se oponen a (la candidatura de Weretilneck) manifiestan que el nombrado no se encuentra habilitado para su cobertura, por prescripción del artículo 175 de la Constitución de la Provincia de Río Negro”. 

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